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Código Unívoco
4898
Categoría
Acordada: 1666
Provincia
Córdoba
Publicación
01/10/2020
Sanción
01/10/2020
Promulgación
01/10/2020
Título
Acuerdo Reglamentario N° 1666 - Serie “A”
Texto

En la ciudad de Córdoba, a un día del mes de octubre del año dos mil veinte, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta Cáceres de Bollati, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, Sebastián Cruz López Peña y Luis Eugenio Angulo, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y Acordaron:



Y Visto:

Lo manifestado por el Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, respecto a la importancia de poder solicitar al Servicio Penitenciario a través de oficios electrónicos enviados vía SAC, la remisión de huellas dactilares de los internos que se encuentran alojados en los Establecimientos Penitenciarios de la Provincia.



Y Considerando:

I) El Señor Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, manifiesta que por Acuerdo Reglamentario N° 1494/2018, este Tribunal Superior dispuso, entre otras medidas, invitar a los demás Poderes de la Provincia, Municipalidades y demás organismos públicos y privados a adherirse a la modalidad de remisión de oficios por medios electrónicos. Luego de ello, expone el funcionario, que el Servicio Penitenciario de la Provincia adhirió a este modo de comunicación informática, implementándose los oficios electrónicos para que los Juzgados de Ejecución Penal puedan solicitar a esa institución informes criminológicos para libertades anticipadas y pedidos de informes médicos (Ac. Reg. N° 1563, Serie “A”, del 14/05/2019; Resolución N° 10 de Presidencia de la Sala Penal del 21/4/2020 ratificada por Ac. Reg. N° 1623, Serie “A”, del 26/04/2020), lo que se ha venido desarrollando sin inconveniente alguno y más aún se ha logrado una comunicación directa evitando contratiempos innecesarios y ahorro de papel. Asimismo, manifiesta el Secretario que consultado el Servicio Penitenciario, informaron que esa institución se encuentra en condiciones de ampliar este tipo de comunicaciones informáticas y que consideran de vital importancia poder contar en el futuro con esta herramienta, lo que también fue compartido por la Sub Área de Desarrollo de este Poder Judicial. Por ello, solicita a este Alto Cuerpo que contemple la posibilidad de que se lo autorice a gestionar, con la colaboración del personal de la Secretaría Penal a su cargo, lo necesario a fin de que en el futuro se puedan requerir las solicitudes de remisión de huellas dactilares de los internos que se encuentran alojados en los Establecimientos Penitenciarios de la Provincia, a través de oficios electrónicos enviados directamente vía SAC al Servicio Penitenciario. Por último agrega, que resultaría necesario también para lograr una mayor agilización y despapelización, aprovechar ese recurso digital de las huellas para que los tribunales requieran informes y envíen las comunicaciones correspondientes a la Dirección Nacional de Reincidencia vía informática, por intermedio de las oficinas responsables de las bocas de UER.



II) Que atento a los buenos resultados obtenidos desde la implementación de la modalidad de remisión de oficios por medios electrónicos y teniendo en cuenta que se acortan los tiempos de respuestas y se ahorra papel, a lo que se suma la situación actual generada por la pandemia que motivó la necesidad de disponer la prohibición de traslados de internos desde los establecimientos penitenciarios de la Provincia a las reparticiones del Poder Judicial para efectuar acto procesal alguno (Resolución de Presidencia de la Sala Penal n° 14 del 10/5/2020, ratificada por Ac. Reg. 1625, Serie “A” del 10/5/2020), se avizora como muy positivo, como lo señala el señor Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, de que todos los tribunales del fuero penal de la Provincia puedan requerir mediante oficio electrónico al Servicio Penitenciario la remisión en formato digital de las huellas dactilares de los internos que se encuentran alojados en sus establecimientos, cuando consideren necesario contar con las mismas. Asimismo, resulta adecuado también, aprovechar ese recurso tecnológico para que las huellas sean remitidas vía informática al Registro Nacional de Reincidencia, por intermedio de las bocas de UER cuando los Tribunales deban requerir informes o efectuar comunicaciones.



III) En consecuencia, atento a lo expuesto y teniendo en cuenta que el objeto principal de estos convenios es la modernización del sistema de justicia en cuanto al uso de herramientas tecnológicas de la información y comunicación para mejorar el acceso a la justicia; facilitar y hacer más efectiva la tramitación de causas; y, en general, mejorar la organización del trabajo y productividad de los tribunales, entre otros, corresponde hacer lugar a la petición formulada.





Por ello, de conformidad a las atribuciones conferidas en los arts. 166, 1º C. Pcial., 12, 2º de la L.O.P.J., el Tribunal Superior de Justicia; Resuelve:



Artículo 1.º- Hacer Lugar a lo solicitado por el señor Secretario General del Tribunal Superior de Justicia.



Artículo 2.º- Autorizar al señor Secretario General del T.S.J., que disponga lo necesario para que todos los tribunales del Fuero Penal de la Provincia, puedan generar a través del sistema SAC Multifuero el oficio electrónico dirigido al Servicio Penitenciario de Córdoba, solicitando las huellas dactilares de los internos que se encuentren a su disposición. Como así también que los tribunales, puedan remitir las huellas vía informática al Registro Nacional de Reincidencia, por intermedio de las oficinas responsables de las bocas de UER, cuando deban requerir informes o efectuar comunicaciones.



Artículo 3.°- Disponer que el señor Secretario General del T.S.J., de conformidad a lo aquí resuelto, dicte los instructivos que entienda corresponda.



Artículo 4.°- Notifíquese y dése la más amplia difusión. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan Rosemberg.



FDO.: CÁCERES DE BOLLATI – TARDITTI – LÓPEZ PEÑA – ANGULO – ROSEMBERG.

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