En la ciudad de Córdoba, a ocho días del mes de junio del año dos mil veintiuno, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz López Peña, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Tarditti, Domingo Juan Sesín, Luis Enrique Rubio, María de las Mercedes Blanc de Arabel, María Marta Cáceres de Bollati y Luis Eugenio Angulo, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y ACORDARON:
Y VISTO: El proyecto de “Protocolo de Prevención y Actuación en Violencia Laboral y/o de Género en la modalidad Laboral en el Poder Judicial de Córdoba”, elevado por la Comisión Asesora sobre Violencia Laboral, creada mediante Resolución del Administrador General N° 308/2019 (y sus aclaratorias).
Y CONSIDERANDO:
I) Que el objeto de este protocolo, es garantizar la prevención, detección precoz y abordaje multidisciplinario de las situaciones de violencia laboral y de género en el marco del trabajo. Todo ello tendiente a garantizar un clima laboral satisfactorio y respetuoso de los derechos fundamentales de sus integrantes, en pos de la construcción de espacios de trabajo saludables que redunden, también, en obtener mayor eficacia en la prestación del servicio de justicia.
II) Que este protocolo prevé la creación de un equipo interdisciplinario para la recepción, seguimiento e intervención sobre casos vinculados a la problemática. Al mismo tiempo, propone un procedimiento con el objeto de brindar un cauce apropiado para hacer presentaciones y garantizar un abordaje célere de la situación conflictiva. Tanto la actuación del Equipo, como el procedimiento en sí mismo, están basados en principios de reserva de las actuaciones, confidencialidad, perspectiva de género, no re victimización, contención acompañamiento integral de las personas afectadas en todo el proceso. A su vez, el protocolo propone la creación de un Observatorio de Violencia Laboral y de Género en la modalidad laboral, que monitoree la problemática en el ámbito del Poder Judicial.
III) Atento a ello, corresponde tomar razón y aprobar el protocolo mencionado, el que se agrega al presente como “Anexo I”, formando parte del mismo. Por todo ello, y lo dispuesto por el Art. 12, inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE: I) Tomar Razón y Aprobar el “Protocolo de Prevención y Actuación en Violencia Laboral y/o de Género en la modalidad Laboral en el Poder Judicial de Córdoba”, el que como “Anexo I” se agrega al presente, formando parte del mismo.
II) Facultar al Sr. Administrador General del Poder Judicial, a establecer su aplicación por etapas según un orden de progresividad, así como a la conformación de los órganos allí referidos, y la reglamentación de su actuación.
III) Agradecer a los Señores Magistrados, ex Magistrados, Funcionarios y demás miembros de la Comisión Asesora sobre Violencia Laboral, designadas mediante Resolución N° 308/2019 del Administrador General de éste Poder Judicial.
IV) Publíquese y dese la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan Rosemberg.
FDO.: LÓPEZ PEÑA - TARDITTI - SESÍN - RUBIO - BLANC DE ARABEL - CÁCERES DE BOLLATI - ANGULO - ROSEMBERG.