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Familia & Niñez - Edición Nº: 158 - Junio/2017
JURISPRUDENCIA

RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES. Derecho de los niños a ser oídos. Obligaciones del Estado requerido. Excepciones al deber de retorno: Grave riesgo y oposición del propio menor al regreso. Integración del menor al nuevo medio: Improcedencia.
CSJN

NIÑEZ. Declaración de situación de adoptabilidad. Nulidad. Principios de tutela judicial efectiva y debido derecho de defensa. Progenitora con disminución en sus capacidades mentales. Ausencia de resolución sobre la curatela. Cumplimiento del sistema protectivo de las personas con discapacidad. Delegación de guarda a un pariente.
Cám. de Flia de 1ª Nom. Cba.

COMUNIDAD DE GANANCIAS. LIQUIDACIÓN. ACUERDO HOMOLOGADO. Indivisión postcomunitaria. Venta privada: Vencimiento del plazo acordado. Subasta pública. Perito tasador, inventariador y partidor. Canon o compensación por el uso exclusivo del inmueble (484 del CCC): vía pertinente.
Cám. de Flia. de 2º Nom. Cba.

DIVORCIO. COMPETENCIA. Conflicto negativo. Legislación aplicable. CPC: Tribunales del interior provincial. Código de Procedimiento de Familia (Ley 10305): Tribunales de familia de la capital. Principio de prevención. Principio de conexidad: divorcio (juicio principal); plan de parentalidad y efectos del divorcio (acciones conexas). Recurso de apelación abstracto.
Cám. de Flia. de 2º Nom. Cba.

RESPONSABILIDAD PARENTAL: cuidado personal compartido con modalidad indistinta: Regla general del art. 651 del C.C. y C.. Alto valor simbólico y respeto igualitario de la función materna y paterna. Interés Superior de Niño. Derecho de la niña de ser oída por el Tribunal y que su opinión sea tenida en cuenta. Derecho de participación. Nombre: Identidad. COSTAS: Apartamiento del principio objetivo de la derrota.
Cámara de Familia de 1ª Nominación Córdoba

PERSPECTIVA DE GÉNERO. Sociedad de hecho. Liquidación. Unión convivencial. Prueba de los aportes económicos para la adquisición de los bienes en común. CEDAW. Comité de seguimiento. Recomendaciones Generales. Persona vulnerable. REGLAS DE BRASILIA. Violencia económica contra la mujer. CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ. Ley de protección integral a la mujer Nº 26485. Deber del Estado de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Acciones positivas.
Juzgado de 1ª Inst. y 4ª Nom. en lo Civ., Com. y de Flia. Villa María

LEGISLACIÓN
Acuerdo Reglamentario Número Mil Cuatroscientos Veinticinco - Serie “A”

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